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Artículo 6. (Pluralismo jurídico e interculturalidad).

/ Ley Orgánica del Ministerio Público - Ley No. 260 / Por escribepuntoclave@gmail.com

I. El Ministerio Público en el ejercicio de sus funciones, respetará la coexistencia de los sistemas jurídicos.

II. En el marco de la Interculturalidad deberá valorar la identidad cultural, institucional, normativa y lenguaje de las partes.

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