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Artículo 113.- (Audiencias).

(Modificado por la Ley No. 1173 de 3 de mayo de 2019). I. Las audiencias se realizarán bajo los principios de oralidad, inmediación, continuidad y contradicción. Excepcionalmente, podrá darse lectura de elementos de convicción en la parte pertinente, vinculados al acto procesal. En ningún caso se alterará el procedimiento establecido en este Código, autorizando o […]

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Artículo 107.- (Defensa Estatal).

La defensa penal otorgada por el Estado es una función de servicio público, a favor de todo imputado carente de recursos económicos y de quienes no designen abogado para su defensa. El servicio de Defensa Estatal se cumple por: a)La Defensa de Oficio, dependiente del Poder Judicial; b)La Defensa Pública, dependiente del Poder Ejecutivo; y,

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