Artículo 71 bis.- (Decomiso de recursos y bienes).
(Incorporado por la Ley No. 1768 de 10 de marzo de 1997). En los casos de legitimación de ganancias ilícitas provenientes de los delitos señalados en el artículo 185 bis, se dispondrá el decomiso: 1.De los recursos y bienes provenientes directa o indirectamente de la legitimación de ganancias ilícitas adquiridos desde la fecha del más […]
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