Artículo 68.- (Efectos).
En los casos de conexitud, las causas se acumularán y serán conocidas por un solo juez o tribunal. Será competente: 1.El juez o tribunal que conozca del delito sancionado con pena más grave. 2.En caso de igual gravedad, aquel que conozca la causa cuya fecha de iniciación sea más antigua; 3.En caso de que los […]