Artículo 26.- (Conversión de acciones).
(Modificado por la Ley No. 586 de 30 de octubre de 2014). A pedido de la víctima, la acción penal pública podrá ser convertida en acción privada en los siguientes casos: 1.Cuando se trate de un delito que requiera instancia de parte, salvo las excepciones previstas en el Artículo 17 de este Código; 2.Cuando se […]