ARTÍCULO 467. (EFICACIA).-
El contrato realizado por el representante en nombre del representado en los límites de las facultades conferidas por éste, produce directamente sus efectos sobre el representado.
El contrato realizado por el representante en nombre del representado en los límites de las facultades conferidas por éste, produce directamente sus efectos sobre el representado.
Se consideran incluidas en todo contrato, las cláusulas impuestas por la ley.
ARTÍCULO 466. (INCLUSIÓN AUTOMÁTICA DE CLÁUSULAS).- Leer más »
En los tratos preliminares y en la formación del contrato las partes deben conducirse conforme a la buena fe, debiendo resarcir el daño que ocasionen por negligencia, imprudencia u omisión en advertir las causales que invaliden el contrato.
I.El contrato preliminar, sea bilateral o unilateral, para la celebración de un contrato definitivo en el futuro, debe contener los mismos requisitos esenciales que este último, bajo sanción de nulidad. II.Si las partes no han convenido plazo para la celebración del contrato definitivo, lo señalará el juez. III.La parte que no cumpla queda sujeta al
I.Por el contrato de opción una de las partes reconoce a la otra con carácter exclusivo e irrevocable, la facultad de aceptar una prestación en su favor o en la de un tercero, en las condiciones convenidas y en el plazo acordado. II.El plazo no podrá ser superior a dos años.
I.Entre no presentes el lugar del contrato es aquel donde ha sido propuesto, salvo pacto contrario u otra disposición de la ley. II.Se estará a la regla del parágrafo anterior en el caso del contrato celebrado por teléfono, telégrafo, telex, radio u otro medio similar.
ARTÍCULO 462. (LUGAR DEL CONTRATO ENTRE NO PRESENTES).- Leer más »
El silencio constituye manifestación de voluntad sólo cuando los usos o las circunstancias lo autorizan como tal y no resulta necesaria una declaración expresa salvo lo que disponga el contrato o la ley.
ARTÍCULO 460. (EL SILENCIO COMO MANIFESTACIÓN DE LA VOLUNTAD).- Leer más »
Entre presentes, el lugar del contrato es aquel donde los contratantes se encuentran.
ARTÍCULO 461. (LUGAR DEL CONTRATO ENTRE PRESENTES).- Leer más »
I.Si el oferente fallece o pierde su capacidad de contratar antes de conocer la aceptación la oferta queda sin efecto. II.Queda igualmente sin efecto si el ofertatario fallece o pierde su capacidad antes de que su aceptación hubiese llegado a conocimiento del oferente.
ARTÍCULO 459. (MUERTE O INCAPACIDAD DE LAS PARTES).- Leer más »