Artículo 98.- (Registro de la declaración).
(Modificado por la Ley No. 1173 de 3 de mayo de 2019). Las declaraciones del imputado en la etapa preparatoria se registrarán digitalmente, excepcionalmente en lugares que no tengan acceso a la ciudadanía digital, mediante la transcripción u otro medio que reproduzca del modo más fidedigno su realización, garantizando su individualización, fidelidad, inalterabilidad y conservación. […]