Artículo 122. (Sanciones).
I.Las sanciones serán las siguientes: 1.Para las faltas leves, llamadas de atención o amonestación escrita, las mismas que serán impuestas directamente por el superior. 2.Para las faltas graves, pérdida del derecho a promoción durante un año, suspensión temporal del cargo sin goce de haberes por un tiempo que no exceda de dos meses o una […]